Ciudad de México.- Una niña con leucemia requería transfusiones sanguíneas. Sus padres se opusieron por sus creencias religiosas.
Avisada de la situación, y después de escuchar a los padres y médicos, la Subprocuraduría de menores asumió la tutela de la niña para autorizar el tratamiento indicado. La madre se amparó al considerar que le quitaron su derecho a decidir libremente sobre la salud de su hija.
La Corte determinó que el Estado debe dictar las medidas necesarias para proteger la salud de un menor, aún cuando sus padres rechacen el tratamiento.
Amparo en Revisión 1049/2017 Ministro ponente: Arturo